El Boletín Oficial de Aragón de hoy, 28 de junio de 2016, publica la ORDEN EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
Beneficiarios
Empresas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, cualquiera que sea su forma jurídica, empresarios individuales y trabajadores autónomos, entidades privadas sin ánimo de lucro, comunidades de bienes y sociedades civiles que contraten a personas desempleadas con discapacidad.
Destinatarios Finales
- Personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33%
- Los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.
- Los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Subvención por Contratación Indefinida
Cuantía:
- 5.000 € por contrato indefinido a jornada completa de desempleados con una discapacidad ≥ 33%.
Incrementos del 15%: hasta un máximo de 6.000 €:
- Cuando la persona contratada sea mujer.
- Cuando la persona contratada presente una discapacidad intelectual, enfermedad mental o parálisis cerebral ≥ 33%, o una discapacidad física o sensorial ≥ 65%.
Si el contrato es a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente.
Subvención por contrato temporal de fomento de empleo
- 2.000 euros en el caso de trabajadores con una discapacidad física o sensorial de ≥ 33%, o 2.400 si es mujer o mayor de 45 años.
- 2.500 euros si la persona contratada tiene una discapacidad discapacidad intelectual, enfermedad mental o parálisis cerebral ≥ 33%, o una discapacidad física o sensorial ≥ 65%, o 3.000 euros si es mujer o mayor de 45 años.
Si el contrato es a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente.
Subvención por transformaciones en indefinidos de contratos temporales
Se establecen subvenciones para las transformación en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo, en prácticas, para la formación y el aprendizaje o de interinidad, en las mismas cuantías que las previstas para la contratación indefinida inicial.
Subvención para la adaptación del puesto de trabajo
Hasta 902 € por cada persona con discapacidad contratada con carácter indefinido o con contrato temporal de fomento de empleo, contrato en prácticas, para la formación y el aprendizaje o de duración determinada, siempre que la duración de estos contratos sea igual o superior a 12 meses.
Subvenciones por contratación indefinida de trabajadores procedentes de enclaves laborales
Las empresas colaboradoras que dispongan de enclaves laborales y contraten con carácter indefinido a un trabajador con especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo y que proceda de dichos enclaves tendrán derecho a las siguientes ayudas:
- 8.000 € por contrato de trabajo a jornada completa o la parte proporcional si fuese a tiempo parcial.
- 902 € por trabajador con discapacidad contratado para adaptación del puesto de trabajo y eliminación de barreras u obstáculos.
Plazos de solicitud
- Un mes a contar desde la fecha de contratación del trabajador subvencionado.
- Un mes a contar desde la fecha de inicio del contrato indefinido, en el caso de la transformación de contratos temporales.







